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Banca de Consumo >> Cuentas de Cheques

Con las cuentas de cheques de Banco LAFISE, usted podrá girar y cobrar sus cheques en todas las agencias a Nivel Nacional.
Es un producto dirigido a personas Naturales y Jurídicas, y se encuentra disponible en moneda Lempiras y Dólares.
Generalidades de la cuenta de cheques:
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La Cuenta de Cheques puede ser Individual o Mancomunada, debiendo especificar el número de firmas requeridas para girar cheques.
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Los Cheques pueden ser Nominativos o al Portador, se consideran Nominativos cuando en él se consigna el nombre del beneficiario, al Portador cuando en él no se indique a favor de quien se expide, por seguridad, el Banco siempre Certificará al último tenedor o endosante.
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El cheque será pagadero siempre a la vista. El cheque pos datado será pagadero a su presentación.
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Todo cambio de Firmas que el cliente requiera deberá ser notificado por escrito al Banco.
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Las Cuentas de Cheques estarán reguladas por las condiciones estipuladas en el Contrato y Solicitud de Apertura de la Cuenta, como también las establecidas por el Banco Central de Honduras.
Beneficios:
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Minimizar riesgos de traslado y entrega de efectivo al hacer cualquier transacción.
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Disponibilidad de Sobregiros.
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Disponibilidad de Líneas de Créditos.
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Atractivas Tasa de Interés.
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Disponibilidad de Tarjetas de Debito.
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Acceso a nuestra Sucursal Electrónica Banc@net.
Requisitos de Apertura. Personas Naturales:
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Tarjeta de Identidad y Registro Tributario Nacional (R.T.N. numérico).
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Extranjeros presentar Pasaporte o Carnet de Residente.
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Monto mínimo de apertura L. 2,000.00.
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El cliente deberá firmar contrato, Convenio y Solicitud de Emisión de Chequeras (Lempiras y Dólares).
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Presentar Referencias Comerciales y Bancarias, las cuales serán confirmadas por el Banco.
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Llenar solicitud de Apertura de la Cuenta.
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Registro de Firmas.
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Presentar fotocopia de recibo de Pago de Servicios Públicos.
Personas Jurídicas:
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Fotocopia de Escritura de Constitución de la Sociedad o de la Personería Jurídica.
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Fotocopia de R.T.N. ampliada en un 122%.
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Presentar Tarjeta de Identidad de las personas autorizadas para firmar.
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Pasaporte o Carnet de Residente si fueran extranjeros.
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Copia de la Certificación del Punto de Acta o Autorización del Consejo de Administración donde se acordó la apertura de la cuenta de Cheques en caso que la Escritura Social así lo manifieste.
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Nota de Integración de su Junta Directiva en funciones debidamente protocolizadas.
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Copia del Poder General de él o de los firmantes.
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Copia del Poder con que actúa el Representante Legal.
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Presentar Referencias Comerciales o Bancarias, las cuales serán confirmadas por el Banco. |
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