Banca de Consumo >> Cuentas de Cheques

Son contratos de depósitos establecidos entre el Banco y el Cliente, mediante el cual, el primero se obliga a custodiar el dinero recibido, comprometiéndose a tenerlo siempre a disposición del segundo.

Generalidades de la cuenta de cheques

  • La Cuenta de Cheques puede ser Individual o Mancomunada, debiendo especificar el número de firmas requeridas para girar cheques.
  • La Cuenta de Cheques le permite girar y cobrar sus cheques en todas las agencias de Banco Lafise a Nivel Nacional.
  • La Retención del 10% de Impuesto Sobre La Renta, se calculará en base a los intereses devengados
  • Los Cheques pueden ser Nominativos o al Portador, se consideran Nominativos cuando en él se consigna el nombre del beneficiario, al Portador cuando en él no se indique a favor de quien se expide, por seguridad, el Banco siempre Certificará al último tenedor o endosante.
  • El cheque será pagadero siempre a la vista. El cheque pos datado será pagadero a su presentación.
  • Todo cambio de Firmas que el cliente requiera deberá ser notificado por escrito al Banco
  • El cuenta habiente podrá disponer de sus fondos mediante el libramiento de Cheques en los formatos suministrados por el Banco o los elaborados por el Cliente. En esté último caso el Cuenta habiente queda sujeto a los siguientes requisitos:
  • Notificación anticipada del uso de los formatos y números a usar
  • Espécimen del mismo
  • Los Cheques Voucher, deberán ser aprobados por el Banco antes de ser utilizados por el Cliente y el Banco no se responsabiliza por las falsificaciones de dichos formatos.
  • Las Cuentas de Cheques estarán reguladas por las condiciones estipuladas en el Contrato y Solicitud de Apertura de la Cuenta, como también las establecidas por el Banco Central de Honduras.

Tipos de Cuenta de Cheques (Lempiras, Dólares y Euros)

  • Cuenta de Cheques Personal
  • Cuenta de Cheques Empresarial

Usuarios

  • Personas naturales mayores de dieciocho años
  • Personas Jurídicas

Requisitos

Personas Naturales

  • Monto de apertura L. 2,000.00
  • Tarjeta de Identidad
  • Extranjeros presentar Pasaporte o Carnet de Residente.
  • El cliente deberá firmar contrato, Convenio y Solicitud de Emisión de Chequeras (Lempiras y Dólares)
  • Presentar Referencias Comerciales y Bancarias, las cuales serán confirmadas por el Banco
  • Llenar solicitud de Apertura de la Cuenta
  • Registro de Firmas y escáner
  • Presentar fotocopia del pago de los Servicios Públicos

Personas Jurídicas

  • Fotocopia de Escritura de Constitución de la Sociedad o de la Personería Jurídica
  • Fotocopia de R.T.N. ampliada en un 122%
  • Presentar Tarjeta de Identidad de las personas autorizadas para firmar
  • Pasaporte o Carnet de Residente si fueran extranjeros
  • Copia de la Certificación del Punto de Acta o Autorización del Consejo de Administración donde se acordó la apertura de la cuenta de Cheques en caso que la Escritura Social así lo manifieste
  • Nota de Integración de su Junta Directiva en funciones debidamente protocolizadas
  • Copia del Poder General de él o de los firmantes
  • Copia del Poder con que actúa el Representante Legal
  • Presentar Referencias Comerciales o Bancarias, las cuales serán confirmadas por el Banco

Beneficios del Producto

  • Minimizar riesgos de traslado y entrega de efectivo al hacer cualquier transacción
  • Disponibilidad de Sobregiros
  • Disponibilidad de Líneas de Créditos
  • Atractivas Tasa de Interés
  • Disponibilidad de Tarjetas de Debito